Divorcio de mutuo acuerdo o contencioso: en qué se diferencian
La decisión ya está tomada, pero empiezan las dudas: cuánto cuesta, cuánto tarda, qué pasa con los niños y con la casa. La diferencia entre un divorcio de mutuo acuerdo y uno contencioso lo condiciona todo
Qué se decide en un divorcio
• La guarda y custodia de los hijos y el régimen de visitas
• La pensión de alimentos y quién asume los gastos extraordinarios
• Las horas extraordinarias realizadas y nunca retribuidas.
• Pagas extra, complementos previstos en el convenio y atrasos pendientes.
No hace falta alegar motivo
Desde la reforma de 2005 no hay que alegar causa ni justificar nada: basta con que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, y ni siquiera eso si existe riesgo para la vida o la integridad de alguno de los cónyuges o de los hijos. Tampoco es necesario que los dos quieran divorciarse: basta con que lo pida uno
Dos ventajas del mutuo acuerdo
La primera es el coste: en el mutuo acuerdo ambos comparten abogado y procurador, lo que abarata muchísimo la operación. La segunda es el tiempo: si hay convenio firmado y no hay hijos menores, puede resolverse en pocas semanas, incluso ante notario
Cuando no hay acuerdo: el contencioso
Cuando no hay entendimiento, cada parte va con su abogado y decide el juez. El procedimiento es más largo, bastante más caro y desgasta a todos, sobre todo a los hijos. Por eso, aunque la relación esté rota, casi siempre merece la pena intentar primero un acuerdo, aunque solo sea por lo económico. Un contencioso puede alargarse más de un año
Reúna estos documentos antes de empezar
Cuanto mejor preparada esté la documentación, más rápido avanza todo. Conviene reunir el libro de familia, las partidas de nacimiento de los hijos, las tres últimas nóminas o declaraciones de renta de ambos, la escritura o el contrato de alquiler de la vivienda, los recibos de hipoteca y un extracto de las cuentas y bienes comunes
Cómo lo llevo por usted
1. Calculo con precisión todo lo adeudado, intereses de mora incluidos.
2. Presento la papeleta de conciliación para intentar un acuerdo rápido y evitar el pleito.
3. Si no hay acuerdo, interpongo la demanda ante el Juzgado de lo Social.
Cuando procede, tramito también las medidas provisionales urgentes
Si está pensando en divorciarse, llámeme al 615 970 212 y lo vemos con calma. Atiendo en El Vendrell y Tarragona
No se marche de casa por su cuenta
Es el error más caro de todos. Aunque lleven meses sin pagarte, dejar de acudir al trabajo puede interpretarse como baja voluntaria, y entonces te quedas sin indemnización y sin derecho a la prestación por desempleo. Mientras no haya una resolución judicial que extinga el contrato, hay que seguir yendo y dejar constancia por escrito de cada reclamación.
El convenio regulador lo es todo
El convenio regulador es el documento que recoge todo lo pactado: custodia, visitas, pensiones, uso de la vivienda y reparto de bienes. Una vez aprobado por el juez tiene fuerza ejecutiva, es decir, si luego alguien lo incumple se puede exigir su cumplimiento sin volver a pleitear desde cero. Por eso conviene redactarlo con detalle y no a la ligera
Qué pasa con la vivienda familiar
El uso de la vivienda familiar no siempre va unido a la propiedad. Si hay hijos menores, lo habitual es que se atribuya al progenitor con quien convivan, aunque la casa sea de los dos o incluso solo del otro. Es una de las cuestiones que más conflicto genera, y por eso conviene tratarla desde el principio y con realismo
Cuánto suele tardar
Un divorcio de mutuo acuerdo bien preparado suele resolverse en dos o tres meses desde que se presenta la demanda, y a veces menos. Un contencioso rara vez baja del año, porque hay que señalar vista, practicar prueba y esperar sentencia, que además puede recurrirse. La diferencia de tiempo entre una vía y otra es enorme
Si más adelante cambian las cosas
Lo acordado hoy no queda grabado en piedra. Si cambian las circunstancias de forma sustancial y duradera —pérdida de empleo, un nuevo trabajo, traslado de ciudad o cambio en las necesidades de los hijos— puede pedirse una modificación de medidas para ajustar pensiones, custodia o visitas a la nueva situación
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico para un caso concreto. Cada situación debe analizarse de forma individual. Si te encuentras en esta situación, consúltame: cada paso cuenta. — Juan Antonio Sepúlveda Rivero, abogado col. 3.012 ICAT · +34 615 970 212
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